La igualdaZ zapatera ante la ley
Si un retraso en la ejecución de una sentencia penal termina provocando el asesinato de una niña por parte de un pederasta, sólo te caen 1500 euros de multa.
Si un retraso en una adopción por parte de lesbianas termina provocando un ataque de caspa en la comunidad homosexual, el juez es suspendido en el ejercicio de su profesión durante 2 años, 3 meses y un día, más una multa de 600 euros y las costas.
VIVA LA IGUALDAzzzzz ZAPATERA!!!!
Dan ganas de desearles muchos jueces Tirado en la vida de los progres. Pero hoy es Navidad y no quiero contaminarme de mal rollo.
Feliz solsticio de invierno laico-laiquísimo, todos colocados (con sentencias como esta no hace falta ni drogarse) y a no discriminar a Zerolo ni a la Trini si te tiran los galgos, que te enchironan. Y si bebes, no conduzcas. Zapatero no podrá conducir por tí ni por mí, pero nos está llevando a la mierda sin escalas y en tiempo récord.
8 Comments:
justiZia zapatera si mas
Te voy a explicar un par de conceptos básicos de Derecho penal, ya que tu artículo sólo se explica a raíz de un profundo desconocimiento del ordenamiento jurídico. Los delitos se pueden cometer bajo dos actitudes: dolo (conocimiento de que lo que se hace es antijurídico y voluntad de hacerlo) e imprudencia (inobservancia del cuidado debido).
Todos los delitos son punibles si se han realizado con dolo; no ocurre lo mismo con la imprudencia, pues sólo se puede castigar los delitos imprudentes que expresamente se diga en el Código Penal. Para que quede claro, se puede castigar un homicidio doloso y uno imprudente, pero sólo se puede castigar unas prevaricaciones dolosas, pues en el concepto de prevaricación (artículo 404 para los funcionarios, artículo 446 para los jueces) ya va incluido el dolo.
Analicemos el comportamiento del juez Tirado. Por una circunstancia no directamente imputable a él (un colapso brutal de la justicia) estaba tratando con el doble o el triple de asuntos que tenía que tratar. En esas circunstancias, no resolvió una ejecutoria al igual que no resolvió otras docenas de autos y órdenes judiciales, simplemente porque no daba abasto. Se trata de un retraso imprudente: ahora bien, el artículo 449 dice que incurre en responsabilidad penal el juez “culpable de retardo malicioso –doloso- en la Administración de Justicia”.
Por ello el comportamiento de Tirado no puede ser castigado penalmente. Así que se le ha impuesto una sanción disciplinaria como falta grave del artículo 418 LOPJ, que sólo puede ser castigada con multa. Si la falta hubiera sido muy grave –y no lo es, pues no tenía la entidad suficiente- sí que se le habría podido suspender o separar del cargo, pero nunca mediante proceso penal.
Y digo que la falta no es muy grave por la siguiente razón: un principio básico del derecho es el de prohibición de regreso, que quiere decir que los delitos de una persona (el asesino de Mari Luz) sólo son imputables a esa persona. Si los cometió al amparo de una circunstancia que provocó un tercero (el juez Tirado), ese tercero no responde por el hecho del delincuente. El tercero responderá, como en este caso, si la facilitación de esa circunstancia es ya en sí un hecho antijurídico.
Por otra parte, el comportamiento del juez Calamita es puramente doloso, ya que se inventó trámites –como la necesidad de abogado y procurador- para retrasar un comportamiento lícito: la adopción de una niña por un matrimonio legal. Impedir un comportamiento lícito es un comportamiento ilegítimo y, mira qué casualidad, el artículo 449 del Código Penal define el retraso malicioso como aquél retraso “provocado para conseguir cualquier finalidad ilegítima”.
Así pues, los dos casos no son comparables.
Un cordial saludo.
Vimes
PS: “ti” es sin tilde-
Aleon
Muchas gracias por tu felicitación. Espero que tengas un hueco libre para pasarte por este erial y poder vernos. Aunque te tengas que tapar la nariz.
*
Yo también te deseo que tengas un feliz año en 2009
Vimes, peazo de bestia roja:
Cómo sabes que es doloso? Conoces tan íntimamente sus intenciones?
Es doloso velar por los derechos de un niño y pedir un informe pericial sobre la conveniencia de la adopción?
Anda, chaval, métete tu sectarismo por donde amargan los pepinos.
JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA... bestia roja dice... y ni siquiera sabe escribir "pedazo"...
JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA... ay, qué alegrías me dais en este blog, en serio. Por cierto, se os ha olvidado decir lo de que estoy a sueldo de Pepiño.
Flosio, cielo, que un juez se invnte trámites (como la asistencia de abogado y procurador) para retrasar un acontecimiento permitido por el Derecho sólo porque no está de acuerdo con su ideología es un comportamiento doloso. Me explico:
-Había conocimiento de lo que estaba haciendo(es juez, sabía que estaba pidiendo cosas que no eran necesarias).
-Había conocimiento de la antijuridicidad de su comportamiento(porque me supongo que estudiaría el Código Peal en la carrera)
-Había voluntad de hacerlo (como muestra el hecho de que lo hizo).
Esos son los tres elementos del dolo. Como concurren hay dolo.
Hala, a cascarla.
Un cordial saludo.
Vimes
Vimes, "peazo" de bestia roja:
Peazo está escrito a posta, peazo de sectario. O mejor dicho "setario".
Los trámites no se inventan, lo que está permitido por el derecho no siempre es lo correcto. Y los jueces están para salvaguardar los derechos de los individuos, especialmente de los niños, aunque a tí te pese.
Vergüenza debiera darte, peazo de bestia roja", que te rasgas las vestiduras por la adopción fraudulenta contra la naturaleza de dos bolleras, sin importar si eso es positivo para el niño en cuestión, mientras te trae al pairo que la desidia de otro juez haya llevado a una muerte cruel y repugnante a una niña inocente.
Dais asco los progres. Os merecéis que os den una ración de vuestra inmundicia. A fuer de ser considerado un malnacido, te deseo muchos jueces Tirado en tu vida. Es lo mínimo que te mereces.
Un juez está para aplicar el Derecho, sea el que sea, y si no le gusta o no le parece correcto moralmente que se hubiera hecho fontanero o sexador de pollos. Y si el Derecho no dice que es obligatorio que un asunto sea tratado con abogado y procurador un juez no puede exigir la asistencia de esos profesionales. Como he demostrado eso es un comportamiento doloso punible. Otra cosa es que no quieras verlo.
Tienes razón, que dos lesbianas adopten, igual que el que lo haga una pareja heterosexual, es antinatural. Por desgracia, te informo de que no vivimos en la NATURALEZA, sino en la SOCIEDAD, que tiene reglas diferentes. Por ejemplo reglas como que las leyes deben obedecerse. Te parecerá una estupidez, pero es la base del sistema.
Y, sí, me parece más grave un comportamiento doloso que uno imprudente ni siquiera directamente imputable al que lo ha cometido. Como he dicho más arriba sólo se puede imputar por los comportamietos propios: el juez Tirado no puede ser acusado por un asesinato cometido por otra persona, ni su responsabilidad puede verse agravada por las consecuencias de su acto.
Eso se cargaría la seguridad jurídica: imagina dos actos imprudentes exactamente iguales; uno es utilizado por una tercera persona para cometer un hurto; otro es utilizado por una tercera persona para cometer un homicidio. ¿Por qué debe ser más castigado el segundo que el primero, si su hecho era exactamente el mismo?
Yo no digo que el juez Tirado deba quedar impune. Lo que digo es que convertirle en una cabeza de turco no tiene sentido: menos darle de hostias y más refomar el puto sistema procesal, que es lo que falla.
Bueno, me voy a comer fetos abortados y esas cosas que hacemos los stalinistas.
Un cordial saludo.
Vimes
Flosio
Si no ves a dos mujeres homosexuales como personas normales, es inutil que intentes dar justificación a tus razonamientos. No falla aquí la justicia sino tu falta de humanidad. Estas equivocado de base.
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